Lun - Vie 9:00 - 18.00 +52(33) 3642 7002info@lsiconsultores.com
Confianza
Para el éxito profesional
Excelencia
En todo lo que hacemos
Número #1
Somos especialistas

¿Solicitar una devolución de impuestos? Lo que debes saber según la SCJN

Criterios relevantes en materia de devolución de impuestos emitidos por la SCJN

¿Qué consideraciones deben tener los contribuyentes al solicitar una devolución?

Introducción

La devolución de impuestos es un derecho fundamental para los contribuyentes, previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Sin embargo, ejercer este derecho de forma efectiva requiere conocer los criterios jurídicos que han sido definidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que son vinculantes y obligatorios para las autoridades fiscales.

En este artículo, te explicamos los criterios más relevantes en materia de devolución de impuestos emitidos por la SCJN, así como las principales consideraciones que los contribuyentes deben tener al momento de presentar una solicitud ante el SAT.

Devolución de impuestos: Criterios clave de la SCJN y recomendaciones para contribuyentes

¿Qué es la devolución de impuestos?

La devolución de impuestos es el proceso mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reintegra a los contribuyentes las cantidades pagadas indebidamente o en exceso. Esta figura puede derivarse, por ejemplo, de:

  • Saldo a favor en declaraciones anuales o mensuales.

  • Pagos duplicados o improcedentes.

  • Aplicación incorrecta de tasas o tarifas.

  • Beneficios fiscales previstos en tratados internacionales o leyes especiales.


Criterios relevantes de la SCJN sobre devolución de impuestos

La Suprema Corte ha emitido diversas tesis y jurisprudencias que delimitan el alcance del derecho a la devolución, así como los requisitos que deben cumplirse para su procedencia. A continuación, destacamos los criterios más relevantes:

1. La devolución de impuestos es un derecho y no una concesión

La SCJN ha reiterado que la devolución de impuestos no es una dádiva del Estado, sino un derecho derivado de principios constitucionales como la seguridad jurídica, legalidad y equidad tributaria. Esto implica que el SAT debe respetar los procedimientos y plazos establecidos en la ley para resolver las solicitudes.

2. No puede condicionarse a requisitos adicionales no previstos en ley

Uno de los criterios más importantes establece que la autoridad fiscal no puede exigir documentos o requisitos adicionales que no estén contemplados en el Código Fiscal o sus reglamentos, ya que esto vulnera el principio de legalidad.

Por ejemplo, si el contribuyente presenta su declaración y documentación conforme a las disposiciones fiscales, el SAT no puede negar la devolución por argumentos no previstos en la norma.

3. Plazo para resolver solicitudes de devolución

La Corte ha determinado que el SAT tiene un plazo máximo de 40 días hábiles para resolver una solicitud de devolución automática y 20 días para devoluciones manuales, dependiendo del tipo de impuesto y del régimen del contribuyente. El incumplimiento de este plazo puede generar intereses a favor del contribuyente.

4. Silencio administrativo y negativa ficta

Otro criterio relevante es que, si la autoridad no resuelve dentro del plazo legal, se configura la llamada negativa ficta, lo que significa que la solicitud se considera legalmente rechazada, aunque no haya respuesta formal. Esto permite al contribuyente impugnar la negativa ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).

5. Carga probatoria del contribuyente

La SCJN ha establecido que el contribuyente tiene la carga de la prueba para demostrar el derecho a la devolución. Esto implica presentar evidencia documental clara y suficiente sobre los pagos indebidos, así como cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.


Consideraciones clave al solicitar una devolución de impuestos

Con base en los criterios anteriores, los contribuyentes deben tomar en cuenta los siguientes aspectos para asegurar una solicitud exitosa:

a) Verifica que haya un saldo a favor legítimo

Antes de presentar la solicitud, asegúrate de que el saldo a favor sea correcto. Esto incluye revisar tus declaraciones, pagos provisionales, retenciones, y comprobantes fiscales digitales (CFDI).

b) Presenta la solicitud por el canal adecuado

Dependiendo del tipo de devolución, puedes utilizar:

  • El formulario en línea del SAT (devolución automática).

  • El buzón tributario (para devoluciones manuales).

  • Solicitudes por medios físicos (en casos especiales).

c) Acompaña la solicitud con documentación completa

Aunque no deben exigirse requisitos adicionales, es recomendable presentar de forma proactiva la documentación que respalde tu solicitud: estados de cuenta, CFDI, constancias de retención, entre otros.

d) Lleva un seguimiento puntual

Monitorea tu solicitud en el portal del SAT. Si el plazo vence y no hay respuesta, puedes considerar que hay una negativa ficta y tienes derecho a presentar un recurso administrativo o juicio de nulidad.

e) Busca asesoría especializada

Dado que los criterios jurídicos pueden ser complejos y están en constante evolución, lo más recomendable es contar con el respaldo de consultores fiscales expertos que conozcan las interpretaciones más recientes de la SCJN.


Conclusión

La devolución de impuestos es un mecanismo clave para garantizar justicia fiscal y proteger los derechos de los contribuyentes. Gracias a los criterios emitidos por la Suprema Corte, hoy es posible defender este derecho con mayor claridad y certeza jurídica.

Sin embargo, una solicitud exitosa requiere preparación, cumplimiento normativo y, en muchos casos, acompañamiento profesional. En LSI Consultores, contamos con un equipo especializado en materia fiscal para ayudarte a gestionar correctamente tus solicitudes de devolución ante el SAT, maximizando tus posibilidades de éxito.


¿Necesitas apoyo para tu devolución de impuestos?

Contáctanos en LSI Consultores uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo.

Síguenos en Linkedin

Related Posts

Leave a Reply